En los casos de enfermedad global o accidente no laboral, el plazo entre el 4º y el 15º día de la disminución corre a cargo del patrón, a partir del 16º la responsabilidad de cuota será del INSS o de la mutua.El accidente debe ocurrir durante el trayecto habitual entre el domicilio y el trabajo, es asegurar, el trayecto que el trabajador rea… Read More